Anulación y Declaración de Nulidad del Matrimonio

A continuación se presenta un esquema general de los pasos en la declaración de nulidad del matrimonio. Tenga en cuenta que, en algunos casos, es posible que no se sigan estos pasos.

1. Preparación / Evaluación Psiquiátrica. El cliente va al abogado y discute su caso. Después de consultar con el abogado y de presentar todos los requisitos, el abogado redactará la petición de declaración de nulidad del matrimonio.

Si el motivo de la declaración de nulidad del matrimonio es la incapacidad psicológica, es aconsejable obtener los servicios de un testigo pericial (psicólogo/psiquiatra) en esta etapa. El perito testificará más adelante sobre la incapacidad psicológica del demandante y/o del demandado. También es aconsejable que el resumen ejecutivo del informe del perito forme parte de la petición.

2. Presentación de la Petición. La petición se presenta ante la Oficina Central del Tribunal Regional de Primera Instancia. Los casos relacionados con asuntos de matrimonio y familia se sortearán únicamente a los tribunales de Familia designados. Esto tomará alrededor de una semana. Después del sorteo, la petición será enviada al tribunal seleccionado.

3. Citación. El tribunal emitirá una citación una o dos semanas después de que se sortee el caso. El demandado tiene 15 días para presentar su respuesta. En algunos casos, el abogado del demandado puede solicitar una prórroga de 15 días para presentar su respuesta o cualquier alegato.

4. Notificación a la Oficina del Procurador General (OSG). El tribunal emitirá una orden que requiere que el peticionario presente copias de la petición al OSG y al fiscal asignado. Tenga en cuenta, sin embargo, que bajo las reglas pertinentes, se debe proporcionar una copia de la petición al OSG dentro de los 5 días posteriores a la presentación de la misma.

5. Audiencia de Colusión. El juez ordenará al fiscal asignado al caso que investigue si existe colusión entre las partes y si las pruebas presentadas no son inventadas o suprimidas. Por lo general, el fiscal tiene 20 días a partir de la recepción de la orden para investigar a las partes. El informe de la investigación del fiscal debe presentarse 10 días después del plazo de 20 días.

6. Audiencia Preliminar / Orden de Pre-Juicio. El tribunal celebrará una audiencia preliminar, que requiere la asistencia de ambas partes. Se emitirá una orden de instrucción. Por lo general, la audiencia preliminar se llama aproximadamente de dos a cuatro meses después de la presentación de la petición.

7. Audiencia. Este es el momento en que el peticionario presentará su evidencia de incapacidad psicológica. El número de testigos dependerá del caso, pero por lo general, dos o tres testigos serán suficientes, si el caso no es impugnado (lo que significa que el demandado no se opondrá). Los testigos serán el propio peticionario, el perito y un testigo colaborador.

A continuación se muestra el orden de presentación de las pruebas:

a. Presentación de la propia peticionaria
• Interrogatorio directo de la peticionaria por su abogado
• contrainterrogatorio por el Estado
• Nuevo interrogatorio por el abogado de la peticionaria
• contrainterrogatorio por el Estado.

b. Presentación del psicólogo o psiquiatra
• Interrogatorio directo del peticionario por su abogado
• Contrainterrogatorio por el Estado
• Re-interrogatorio por el abogado del peticionario (si es necesario)
• Re-interrogatorio por el Estado (si es necesario)

c. Oferta Formal de Pruebas

d. Comentarios/Objeciones a las Pruebas formales por el Fiscal del Estado
• Se da al fiscal la oportunidad de formular observaciones u oponerse a la oferta de pruebas. (10 a 15 días a partir de la recepción de la Oferta oficial de pruebas)

8. Certificación OSG. Se emitirá una orden ordenando al OSG que emita una certificación en la que se indiquen brevemente las razones de su acuerdo o su objeción a la petición dentro de los 30 días siguientes a la recepción de dicha orden. Del mismo modo, se le indicará al solicitante que envíe todas las pruebas y notas taquigráficas transcritas a la OSG dentro de los 7-15 días posteriores a la recepción de la orden.

9. Decisión. El Tribunal emitirá una orden para que el caso se someta a resolución. La decisión puede ser emitida de 30 a 90 días después de que se haya emitido dicha orden.

Una declaración de nulidad de matrimonio puede terminar a partir de 10 meses o varios años, dependiendo de varios factores, como la complejidad del caso (por ejemplo, los bienes y la custodia, la manutención son muy controvertidos), la disponibilidad del tribunal, los testigos y las pruebas documentales, y también el lugar donde se presentará la petición.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.