Cómo Obtener un Permiso de Transporte Oculto en Florida

Ya sea que sea nuevo en la posesión de un arma de fuego o que haya tenido un arma para defensa doméstica durante años, obtener un permiso de transporte oculto puede parecer desalentador. No tiene que serlo. Hay muchas razones y maneras de llevar un arma oculta, pero el primer paso es conocer las leyes. La solicitud de una convención varía según el estado.

De manera similar a los requisitos de permiso, los procesos para obtener un permiso de transporte oculto, cómo se llaman los permisos/licencias, si los permisos incluyen fotografías, si se requiere tomar huellas dactilares, la duración del permiso, los costos del permiso y los tiempos de entrega varían mucho según el estado. Algunos estados permiten que un solicitante complete una solicitud en línea, mientras que otros requieren una visita en persona a la oficina de la autoridad emisora respectiva. Incluso hay estados que requieren que el solicitante proporcione una lista de referencias de carácter (no familiares).

Lea más abajo sobre el proceso para obtener una Licencia de Armas Ocultas de Florida (CWL).

Lo básico del Permiso de Porte Oculto

Florida es un estado de emisión obligatoria, con licencias de armas ocultas emitidas a nivel estatal por el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Florida (FDACS). Esto significa que las autoridades de permisos en Florida están obligadas a emitir un permiso siempre y cuando el solicitante cumpla con los requisitos básicos.

La CWL de Florida permite a un licenciatario llevar una pistola y otras armas, como armas electrónicas, pistolas de gas lacrimógeno, porras y cuchillos. El solicitante debe tener al menos 21 años de edad y haber completado un curso de entrenamiento en armas de fuego o ser un miembro actual de las fuerzas armadas o un veterano licenciado honorablemente. Las CWL se emiten a residentes y no residentes. Una CWL tiene una validez de siete años.

Personas Prohibidas por el Gobierno Federal

La Ley Federal de Control de Armas de Fuego de 1968 y la Ley de Asignaciones Consolidadas Omnnibus Federales de 1997 hacen ilegal que una persona que se ajuste a cualquiera de las categorías prohibidas envíe, transporte, reciba o posea armas de fuego o municiones. Estas leyes impiden que un estado emita una licencia/permiso de porte oculto, ya que sería ilegal que las personas que encajan en estas categorías, por ley federal, posean o posean un arma de fuego.

¿Cuáles son los Requisitos de Permiso en Florida?

El solicitante debe:

  • Tener al menos 21 años de edad o ser miembro de las fuerzas armadas o veterano con baja honorable
  • Ser estadounidense. ciudadano o extranjero residente legal
  • Haber completado una clase de entrenamiento de armas de fuego aprobada (no se aplica a los miembros actuales del ejército y veteranos licenciados honorablemente)
  • No sufrir una enfermedad física que impida el manejo seguro de un arma o arma de fuego
  • No ser inelegible para poseer un arma de fuego debido a una condena por delito grave
  • No usar de forma crónica y habitual bebidas alcohólicas u otras sustancias en la medida en que sus facultades normales discapacidad
  • No tener dos o más condenas por conducir ebrio en los tres años anteriores
  • No tener las condenas por un delito violento, ya sea un delito menor o un delito grave, en los últimos tres años
  • No se han adjudicado a una persona incapacitada a menos que hayan transcurrido cinco años desde la restauración de la capacidad del solicitante por orden judicial
  • No se ha ingresado en una institución mental, a menos que el solicitante presente un certificado de un psiquiatra con licencia que indique que no ha sufrido discapacidad durante al menos cinco años anteriores
  • No se ha retenido una sentencia de culpabilidad o se ha suspendido la imposición de una sentencia sobre cualquier delito menor de violencia doméstica a menos que hayan transcurrido tres años desde que se haya cumplido la libertad condicional o cualquier otra condición establecida por el tribunal, o el registro haya sido borrado
  • No se haya emitido una orden judicial que esté actualmente en vigor y en vigor y que restrinja al solicitante de cometer actos de violencia doméstica o actos de violencia repetida
  • No se le prohíba comprar o poseer un arma de fuego por cualquier otra disposición de la ley federal o de la Florida
  • Demostrar competencia con un arma de fuego
  • Cumplir con los requisitos de la ley federal mencionados anteriormente

¿Necesita Entrenamiento en Armas de Fuego en Florida?

La ley de Florida requiere que presente una prueba de competencia con un arma de fuego. Una copia de un Certificado de Finalización o documento similar de cualquiera de los siguientes cursos o clases es aceptable:

  • Curso de capacitación de la NRA
  • Curso de seguridad para cazadores que ha sido aprobado por la Comisión de Conservación de Vida Silvestre de Florida Fish & o por una organización similar en otro estado
  • Cualquier curso de seguridad para armas de fuego ofrecido por una universidad, agencia de aplicación de la ley, institución privada o pública con instructores certificados por la NRA, Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor un instructor certificado por el estado
  • Formulario DD 214 u órdenes militares (para servicio activo o ex miembros del ejército)
  • Documentos de participación en un concurso de tiro organizado

No se requiere capacitación adicional para renovar la licencia.

¿Cómo Obtengo una Licencia de Portación Oculta en Florida?

Florida tiene un proceso de solicitud en línea, pero puede solicitar en persona haciendo una cita para completar la solicitud en línea en una Oficina Regional del FDACS o en una Oficina de Recaudadores de Impuestos. (Tenga en cuenta que esta opción puede estar limitada debido a la COVID-19.) No es necesario completar una solicitud por adelantado.

Paso 1: Complete su curso de capacitación en armas de fuego, si es necesario.

Paso 2: Necesitará los siguientes documentos:

  • Su certificado de entrenamiento en armas de fuego
  • Una foto digital estilo pasaporte tomada en los últimos 30 días

Paso 3: Envíe su solicitud en línea o en persona y pague la tarifa de convenience 97, así como la tarifa de conveniencia opcional de 1 12 a 2 22 que el Recaudador de Impuestos pueda requerir.

Paso 4: Para una solicitud en persona, el personal tomará sus huellas dactilares y una foto. Para una solicitud en línea, haga que una División de la Oficina Regional de Licencias o una Agencia de Aplicación de la Ley tome sus huellas dactilares dentro de los 90 días posteriores a la presentación de su solicitud en línea.

Paso 5: Se le notificará por correo si su solicitud ha sido aprobada.

Para obtener más información, visite la página de leyes de armas de USCCA Florida ahora

La información contenida en este sitio web se proporciona como un servicio a USCCA, Inc. miembros y la comunidad de porteadores ocultos y no constituye asesoramiento legal. Aunque intentamos abordar todas las áreas de las leyes de transporte oculto en todos los estados, no hacemos reclamos, representaciones, garantías, promesas o garantías en cuanto a la exactitud, integridad o adecuación de la información divulgada. El asesoramiento jurídico siempre debe adaptarse a los hechos y circunstancias individuales de cada caso individual. Las leyes cambian constantemente y, como tal, nada de lo contenido en este sitio web debe usarse como sustituto del consejo de un abogado.

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