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Si solicita la aprobación de un proveedor o servicio, primero debe determinar qué marco normativo se aplica a su servicio.

Los servicios cubiertos por la Legislación y la Normativa Nacionales incluyen: Guarderías Familiares, Guarderías de Larga Duración, Guarderías Fuera del Horario Escolar y Centros Preescolares.

Los servicios fuera del Alcance se rigen por la Ley de Disposiciones Complementarias para Niños (Servicios de Educación y Atención) de 2011 (Nueva Gales del Sur) y el Reglamento de Disposiciones Complementarias para Niños (Servicios de Educación y Atención) de 2012 (Nueva Gales del Sur), que incluyen la Atención en el Hogar, la Atención Ocasional y los servicios móviles. y servicios de Centros Comerciales.

Para operar un servicio de educación y atención en Nueva Gales del Sur, deberá solicitar la aprobación del proveedor. Se requiere una aprobación de servicio para cada servicio individual que opera un proveedor.

De acuerdo con la Ley y los Reglamentos Nacionales, el Departamento de Educación, como Autoridad Reguladora, tiene los siguientes plazos para procesar las solicitudes:

  • 60 días para procesar la aprobación de un proveedor
  • 90 días para procesar la aprobación de un servicio.

La tramitación de las solicitudes comienza a partir de la fecha en que se recibe toda la documentación necesaria y se valida la solicitud como completa.

El departamento siempre tratará de completar las solicitudes lo antes posible dentro de estos plazos. Sin embargo, el departamento insta encarecidamente a los solicitantes a que tengan en cuenta el plazo máximo en su planificación.

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