Licencia por Enfermedad con Goce de Sueldo de Ontario: Responder a sus Preguntas

La provincia de Ontario ha implementado una licencia temporal por enfermedad con goce de sueldo de tres (3) días para los trabajadores que no puedan desempeñar sus funciones habituales por razones relacionadas con la pandemia de COVID-19. Consulte a continuación las respuestas a algunas de sus preguntas sobre la licencia por enfermedad pagada.

¿Quién tiene derecho a licencia por enfermedad con sueldo?

Debe ser empleado de conformidad con la Ley de Normas de Empleo de Ontario de 2000 («ESA»).

Esto significa que si usted es un contratista independiente, pasante, empleado regulado por el gobierno federal, voluntario u otro grupo no incluido en la ESA, no es elegible para recibir licencia por enfermedad pagada. Si se encuentra en esta categoría, es posible que pueda acceder a la ayuda a través de la Prestación de Recuperación de Enfermedad de Canadá (CRSB).

Si usted es un empleado en virtud de la ESA, tendrá derecho a licencia por enfermedad pagada si no puede desempeñar sus funciones habituales debido a cualquiera de los siguientes motivos:

  1. Va a someterse a una prueba de COVID-19 o espera los resultados de una prueba;
  2. Está siendo tratado u observado por razones relacionadas con la COVID-19;
  3. Va a recibir una vacuna contra la COVID-19 y/o experimenta efectos secundarios de la vacunación;
  4. Está cumpliendo una orden del Ministerio de Salud o del Tribunal de Justicia de Ontario relativa a la protección y prevención de la COVID-19;
  5. Está en cuarentena o aislamiento o está sujeto a un control medida debida a la COVID-19;
  6. Su empleador le ha dado instrucciones en respuesta a una preocupación de que puede exponer a otras personas en el lugar de trabajo a la COVID-19; y / o
  7. Usted está proporcionando atención o apoyo a un familiar que está bajo investigación médica, supervisión, aislamiento, cuarentena o tratamiento relacionado con la COVID-19.

¿Tengo que darle a mi empleador una nota del médico?

No, su empleador no tiene derecho a pedirle una nota de su médico u otro profesional médico como requisito previo para que reciba el pago de Licencia de Emergencia por Enfermedad Infecciosa.

¿Qué pasa si mi empleador ya me paga la licencia por enfermedad? ¿Me quedan 3 días más?

No recibirá tres (3) días de enfermedad remunerados adicionales si su empleador ya había recibido licencia por enfermedad remunerada. Sin embargo, si su licencia por enfermedad pagada existente es inferior a 3 días pagados, puede acceder a este programa para completar su licencia proporcionada a un total de 3 días.

¿Tengo que tomarme los tres días a la vez?

No, puede tomarlos por separado o consecutivamente.

¿Cuánto me pagarán por los días de enfermedad?

Recibirá el menor de los dos:

  • El salario normal que habría recibido por los días que no trabajó; y
  • Un máximo de 2 200 por día durante un máximo de tres (3) días.

¿Qué pasa si trabajo a comisión?

Si usted es un empleado que recibe salarios relacionados con el rendimiento (es decir, comisiones o una tarifa por trabajo a destajo), recibirá el menor de los dos:

  • Su salario por hora y la cantidad mínima de comisión o propinas, etc. que usted habría recibido por el tiempo que estuvieron fuera de licencia; y
  • Un máximo de $200 por día durante un máximo de tres (3) días.

¿Cómo me pagan?

Su empleador le pagará dentro del horario habitual de nómina.

¿Qué pasa si me tomo un día de enfermedad en un día festivo?

Si uno de sus días de enfermedad es de vacaciones, recibirá su salario regular. Sin embargo, no tendrá derecho a ningún pago de prima, como horas extras.

¿Puedo tomarme días libres parciales?

Si toma un día parcial como licencia por enfermedad con goce de sueldo, su empleador aún puede clasificar este día como un día completo que ha utilizado en relación con el total de tres días de enfermedad con goce de sueldo.

¿Cuándo comienza y termina la licencia por enfermedad remunerada?

El derecho a la licencia de emergencia por enfermedad infecciosa remunerada comenzó el 19 de abril de 2021.

Si tomó una licencia de emergencia por enfermedad infecciosa no remunerada entre el 19 de abril de 2021 y el 28 de abril de 2021, por una razón relacionada con la COVID-19, puede optar por tomar esos días como licencia remunerada en su lugar. Para tomar esta decisión, los empleados deben informar a su empleador por escrito a más tardar el 12 de mayo de 2021.

El actual programa de licencia por enfermedad pagada es una medida temporal y permanecerá vigente hasta el 25 de septiembre de 2021.

¿Puedo optar por no recibir licencia por enfermedad remunerada?

Sí, puede optar por no recibir vacaciones pagadas y, en su lugar, tomar una licencia de emergencia por enfermedad infecciosa no remunerada.

Si decide darse de baja, debe informar a su empleador por escrito de su decisión antes de que finalice el período de pago en el que se produce la licencia.

Si tiene preguntas relacionadas con la Licencia de Emergencia por Enfermedades Infecciosas y / o cualquier forma de licencia temporal o permanente de su empleo, como despido o despido, o cómo las nuevas regulaciones afectan su empleo, comuníquese con abogados de empleo de Toronto, Abogados de Sultán, al 416-214-5111 o [email protected]

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